# el etiquetado alimentario

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Información alimentaria facilitada al consumidor

El Etiquetado de alimentos es el principal medio de comunicación entre los productores de alimentos y los consumidores finales, constituyendo una herramienta clave para permitirles realizar elecciones informadas sobre los alimentos que compran y consumen.

Se considera etiquetado todas las menciones, indicaciones, marcas de fábrica o comerciales, dibujos o signos relacionados con un producto alimenticio que figuren en cualquier envase, documento, rótulo, etiqueta, faja o collarín que acompañen o se refieran a un producto alimenticio

El etiquetado erróneo del alimento es una de las mayores fuentes de fraude y sanciones y retirada del producto para la empresa alimentaria.

En la UE las normas generales de etiquetado son comunes, y en cada país pueden aplicar normas específicas relacionadas por ejemplo, con denominaciones de producto.

Para importaciones de alimentos desde terceros países a la UE, con el alimento listo para la venta al consumidor final, el producto ha de venir ya empaquetado y etiquetado de acuerdo a la normativa general europea y la del país de destino.

Para la exportación de alimentos fuera del territorio UE, la etiqueta ha de cumplir la normativa de tercer país de destino.

Para la venta dentro de la UE la etiqueta debe cumplir la normativa europea, la del país de destino, y estar al menos el el idioma del país de destino.

La legislación en relación a la información obligada para el consumidor dicta lo que se puede incluir , dependiendo del producto, la manera de incluirlo, la tipografía, y para la información no obligatoria pero opcional, igualmente la manera en que hay que redactarlo, tipografía, tamaños, idiomas, y cantidades de referencia.

Etiquetado de sustancias que causan alergias e intolerancias

La mayoría de las personas pueden comer una gran variedad de alimentos sin problemas. No obstante, en un pequeño porcentaje de la población determinados alimentos o componentes de los mismos pueden provocar reacciones adversas (alergias e intolerancias alimentarias). 

La mayoría de alergias alimentarias están asociadas al consumo de un grupo reducido de alimentos. Los alérgenos alimenticios más comunes son la leche de vaca, los huevos, la soja, el trigo, los crustáceos, las frutas, los cacahuetes y los frutos secos, como las nueces. Para ellos se han establecido normas de etiquetado que obligan a indicar su presencia cuando se incorporan a los alimentos como ingredientes.

Gluten 

El Reglamento (UE) 609/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de junio de 2013, relativo a los alimentos destinados a los lactantes y niños de corta edad, los alimentos para usos médicos especiales y los sustitutivos de la dieta completa para el control de peso y por el que se derogan la Directiva 92/52/CEE del Consejo, las Directivas 96/8/CE, 1999/21/CE, 2006/125/CE y 2006/141/CE de la Comisión, la Directiva 2009/39/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y los Reglamentos (CE) Nº 41/2009 y (CE) Nº 953/2009 de la Comisión, publicado el 29 de junio de 2013 prevé un nuevo estatus jurídico para los productos que se comercializan como adecuados para personas con intolerancia al gluten.

Información nutricional 

El Reglamento (UE) nº 1169/2011, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor,  introduce  un etiquetado obligatorio sobre información nutricional para la mayoría de los alimentos transformados. 

La información nutricional obligatoria se puede complementar voluntariamente con los valores de otros nutrientes como: ácidos grasos monoinsaturados y poliinsaturados, polialcoholes, almidón, fibra alimentaria, vitaminas o minerales.

La nueva regulación permite, de manera  adicional, indicar el valor energético y las cantidades de los nutrientes utilizando otras formas de expresión

Existen   una serie de categorías de alimentos exceptuados de la obligación de facilitar la información nutricional

Información alimentaria en alimentos no envasados

La información alimentaria de los alimentos que se presenten sin envasar para la venta al consumidor final y a las colectividades, de los envasados en los lugares de venta a petición del comprador, y de los envasados por los titulares del comercio al por menor está regulada por Ley en relación a  la presencia de ingredientes que causan alergias e intolerancias,  que por primera vez son exigibles en el caso de los alimentos que se comercializan sin envasar o que se envasan en el punto de venta (comercio minorista, restauración). 

Asimismo, se permite, en determinados supuestos, que la transmisión de la información sobre los ingredientes que causan alergias e intolerancias se realice de forma oral previo cumplimiento de ciertos requisitos adicionales que permitan asegurar que dicha información es verificable, garantizando así un alto nivel de protección de los consumidores.

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La importancia del etiquetado alimentario, explicado por el sistema de inteligencia artificial, joven y ya célebre #chatGPT

HABLAMOS

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También ofrecemos cursos de formación en etiquetado, generales y sectoriales, para la industria de la alimentación. 

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