# Control Sanitario en la Frontera

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En el ámbito de los productos con origen en animales y vegetales , antes de introducirlos en la UE desde un tercer país para consumo humano, o no , es necesario pasar con éxito los controles de la inspección fronteriza, que garantizan que no representan un peligro para los ciudadanos de la unión europea, y que en su introducción se cumple la normativa aplicable en vigor

Los servicios de Inspección de Sanidad Exterior, Sanidad Animal y Sanidad Vegetal y Farmacia son los encargados de la inspección sanitaria de mercancías procedentes de terceros países y destinadas a ser introducidas en territorio de la Unión Europea y en concreto de la realización de los siguientes controles:

  • Control de las condiciones higiénico-sanitarias en el tráfico internacional de bienes y alimentos susceptibles de poner en riesgo la salud de la población.
  • Control y vigilancia higiénico-sanitaria en las importaciones de productos destinados al consumo humano. Asimismo, es responsable del control sanitario de subproductos de origen animal destinados a la industria farmacéutica o cosmética y de los residuos de cocina de medios de transporte que operan a escala internacional.
  • Control sanitario de animales vivos, productos de origen animal no destinados al consumo humano y productos destinados a la alimentación animal, tanto en régimen de importación como en régimen de exportación.
  • Control fitosanitario en productos vegetales, tanto en régimen de importación como en régimen de exportación.
  • Control e inspección de los géneros medicinales en frontera, tanto en régimen de importación como de exportación.

La normativa europea es común así que una vez el producto es validado en su caso en un punto de inspección fronteriza se entiende que está conforme para su comercialización en los países de la unión, sin menoscabo de que deba cumplir normativa específica del país de destino.

Control oficial de las mercancías de uso o consumo humano procedentes de terceros países

  1. Productos de origen animal destinados al consumo humano ya sea directo o después de un
    proceso de elaboración o transformación.
  2.  Peces, moluscos, crustáceos vivos destinados al consumo humano directo o a la industria alimentaria.
  3. Productos de origen animal destinados a la industria farmacéutica o cosmética o a la fabricación de productos sanitarios.
  4. Productos compuestos (artículo 2 de la Decisión 2007/275/CE).
  5. Productos y materias primas de origen no animal destinados a consumo humano ya sea directo o después de un proceso de elaboración o transformación.
  6. Enzimas y microorganismos destinados a la industria alimentaria.
  7. Aditivos alimentarios.
  8. Coadyuvantes tecnológicos para la elaboración de alimentos.
  9. Vitaminas y minerales destinados a la industria alimentaria.
  10. Materiales y objetos destinados a entrar en contacto con los alimentos.
  11. Materias contumaces.
  12. Biocidas (excepto los de uso clínico y personal o para su uso en explotacionesagropecuarias).

El control consiste en la realización de un control documental, que se basará en el examen de la documentación comercial y, si procede, de los certificados o documentos que acompañan obligatoriamente a la partida conforme a la normativa que resulte aplicable

Asimismo, las partidas podrán someterse a:

  • Un control de identidad, que consistirá en la comprobación, mediante inspección visual, para asegurarse que los datos que figuran en los certificados o documentos que acompañan a las
    partidas, concuerdan con los productos.
  • Un control físico, para asegurar de que los productos cumplen con los requisitos de la legislación comunitaria o en su defecto nacional y se hallan en condiciones de ser utilizados para los fines declarados.
      • Dicho control podrá incluir el control de los medios de transporte, del embalaje, etiquetado y la temperatura, el muestreo para análisis y los ensayos de laboratorio, y cualquier otro control necesario para verificar el cumplimiento de la legislación

Medidas adoptadas por las Autoridades Competentes ante la detección de incumplimientos

Las principales medidas a adoptar serán:

  • Inmovilización y rechazo de la partida.
  • Incoación de un expediente sancionador.
  • Activación de una alerta o de una medida de intensificación de controles.
  • Notificación a otras Autoridades Competentes que determinarán las medidas operativas a realizar.
  • En el caso de aquellas partidas que han sido despachadas a libre práctica antes de obtener los resultados analíticos o que han sido introducida sin pasar los preceptivos controles a la entrada en el territorio de la Unión: Retirada del canal de comercialización de los productos
    afectados.

Dependiendo de la irregularidad o deficiencia detectada, las partidas rechazadas podrán bien:

  • reexpedirse fuera de la UE, y del territorio de las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla;
  • destruirse;
  • someterse a un tratamiento a fin de que los productos se ajusten a los requisitos de la legislación vigente o a los requisitos de un tercer país de reexpedición, incluida en su caso la descontaminación, aunque con exclusión de la dilución. Para los productos de no origen animal, incluye la selección u otro tratamiento físico que garantice la eliminación de las
    partes contaminadas de la partida;
  • destinarse para fines distintos de los previstos inicialmente como, por ejemplo, la alimentación de animales de zoológico, circos, reptiles y aves de presa, animales de peletería, animales salvajes, perros procedentes de perreras o jaurías, perros y gatos de refugios y gusanos y lombrices para cebo.
  • someterse a una transformación a fin de que los productos puedan destinarse a otros fines distintos del consumo humano o animal.

HABLAMOS

La mejor estrategia para garantizar el éxito es realizar los tramites y comprobaciones y procedimientos necesarios antes de que la carga salga del país de origen.

Si necesitas apoyo en la importación a la UE  de productos de origen animal y vegetal a la UE, incluidos alimentos para uso humano y animal, productos compuestos, aromas, colorantes, aditivos, producto sanitario, cosméticos y biocidas y productos de higiene y uso personal hablamos. 

Contamos en nuestro equipo con técnicos superiores con amplia experiencia en el control sanitario en fronteras.