# indicación geográfica de un tercer país

Realizamos una valoración técnica inicial para  proyecto apasionante de registro y protección en la UE de una Indicación Geográfica  de bebidas esprituosas desde un tercer país. 

En virtud a nuestra capacitación como expertos en normativa alimentaria europea y a nuestra experiencia con bebidas alcohólicas, estamos trabajando en un proyecto de registro y protección de una Indicación Geográfica  de bebidas espirituosas en la UE, para el cual se ha estudiado el producto y la materia prima, los antecedentes del sector , la normativa de aplicación, casos específicos y los procedimientos para la protección de la IG.

Hemos creado un equipo de trabajo técnico y mantenido conversaciones con especialistas en importación, empresas líderes en la protección de marcas y estudios jurídicos con experiencia en denominaciones de origen e indicaciones geográficas.

Los datos generales de indicaciones geográficas protegidas de terceros países en la UE son los siguientes:

  • LATAM : 133, de las cuales 123 a través de acuerdos comerciales bilaterales , y 10 a través del procedimiento de registro directo ( 8% ) . 
  • Resto del mundo : 1.867, de las cuales 1.532 a través de acuerdo comerciales bilaterales, y 335 a través del procedimiento de registro directo. ( 18% ). 
    Es decir: de las 2.000 IG protegidas de terceros países, únicamente el 17% , 345. en toda la historia de la UE, se registran por petición administrativa directa.

Lo habitual es incluir la protección en acuerdos comerciales recíprocos, donde se incluye la protección intelectual, y específicamente a las denominaciones de origen e indicaciones geográficas. Si no hay un acuerdo comercial, o no se ha incluido la indicación geográfica en el mismo, hay que realizar el procedimiento de registro directo en la Comisión Europea. 

Incluso si la Indicación Geográfica se encuentra recogida y protegida en virtud de un acuerdo comercial, se pueden iniciar los trámites para el registro directo, pues son dos regímenes jurídicos distintos. Los plazos para el registro varían entre 3-6 años o más, dependiendo de la oposición fundada  que acepte tramitar la Comisión Europea tras el anuncio del registro en el Diario Oficial de la UE. 

Las solicitudes que se refieran a una zona geográfica de un tercer país se presentan a la Comisión , bien directamente, bien a través de las autoridades de este tercer país. La solicitud ha de atenerse al reglamento vigente en relación al alimento para el cual se pide protección.

La Comisión somete al debido examen toda solicitud que reciba para comprobar que esté motivada, cumpla los requisitos y que se hayan tenido en cuenta los intereses de los interesados fuera del Estado miembro de la solicitud.

Los productores de la UE y de fuera de la UE, las autoridades nacionales y la Comisión Europea pueden oponerse o anular el registro de un nombre de producto bajo un régimen de calidad. 

Las declaraciones motivadas de oposición solo serán admisibles si son recibidas por la Comisión dentro del plazo fijado y si demuestran que:

a) la indicación geográfica propuesta no cumple la definición establecida o los requisitos contemplados

b) el registro de la indicación geográfica propuesta sería contrario a lo dispuesto en los artículos aplicables de la normativa de aplicación

c) el registro de la indicación geográfica propuesta pondría en peligro la existencia de un nombre total o parcialmente homónimo o de una marca o la existencia de productos que hayan sido comercializados legalmente durante al menos los cinco años anteriores a la fecha de publicación

d) se incumplen otros requisitos contemplados

En este proyecto, nuestra propuesta de valor no se circunscribe únicamente a el asesoramiento técnico para el procedimiento de registro directo de la IG en la Comisión Europea.

Hemos incluido nuestro servicio a la importación a la UE para los productores de la IG, y la consultoría técnica para la mejora del producto y la competitividad  en el mercado europeo a través de sistemas de gestión de la calidad y seguridad alimentaria en la producción y transformado alimentario de acuerdo a las normas reconocidas internacionalmente: GLOBAL G.A.P., Producto ecológico, e IFS . 

Además, a través de colaboradores del mayor nivel, hemos propuesto ganar tiempo protegiendo la marca colectiva en la UE. 

Es un proyecto fascinante, y un reto técnico, en el que ponemos en valor todas nuestras aptitudes y la de nuestros colaboradores.